jueves, 10 de enero de 2008

Cómo convertirse en padres sustitutos

Hacer la petición, entregar los respectivos documentos, asistir a charlas sobre maltrato y abandono infantil y pasar por el proceso de selección, son algunas de las pruebas a las que debe someterse una pareja, antes de que le sea entregado un niño.


Risas en las noches y palabras a medio decir, entre otras emociones, son los regalos que ha traído Luisa María al hogar de Dora Libia y William, luego de que fue aprobado el proceso de adopción de la pequeña de 18 meses.

Dora Libia González, a sus 33 años, siente la alegría de ser madre, pese a que su estado de salud le había impedido asumir este rol de manera biológica.

Luego de presentar “dolores bajos intensos” los médicos le extrajeron el útero y los ovarios, anulándole las posibilidades de tener un hijo.

Diez años de matrimonio y la ilusión de disfrutar de las travesuras de un bebé, impulsaron a esta mujer y a su esposo a tocar las puertas del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Icbf, para solicitar, de la mano de una trabajadora social, la adopción de una niña a la que le brindarían su amor y cariño.

Charlas sobre maltrato infantil y abandono fueron la antesala a la entrevista que tuvieron con las directivas de la entidad para presentar los documentos y entrar en el proceso de selección.

Pasaron más de dos años y recibieron la tan anhelada llamada de aprobación, o como ella solía decirle a sus amigos “los resultados de la prueba de embarazo”, que dio positivo.

Salidas a centros comerciales, llantos y desveladas, son sólo algunas de las cosas que disfruta esta familia desde la llegada de Luisa María, la niña de rizos castaños y pestañas largas.

Si en sus planes está el de darle a un niño la oportunidad de tener un hogar y una vida mejor, El Pais le responde algunas de las inquietudes que surgen al momento de planear la adopción de un menor.

¿Qué es la adopción?

El Artículo 88 del Código del Menor la define como “una medida de protección a través de la cual, bajo la suprema vigilancia del Estado, se establece de manera irrevocable la relación paterno-filial entre personas que no la tienen por naturaleza”. Su objetivo primordial es el de garantizar que el niño, la niña o el joven pueda crecer y desarrollarse en el seno de una familia.

¿Existen distintas solicitudes de adopción?

Sí. Entre ellas está la solicitud de adopción por parte de extranjeros o colombianos residentes en el exterior, de colombianos o extranjeros residentes en Colombia, la de familiares residentes en el exterior o en Colombia y la adopción por consentimiento.

¿En qué consiste la adopción por consentimiento?

Consiste en que la madre o el padre biológico del niño(a) otorga el consentimiento para que un tercero adopte a su hijo(a) con las formalidades de ley. Los padres podrán otorgar el consentimiento para la adopción, pero no a adoptantes determinados, excepto cuando el padre sustituto es un pariente hasta de tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o si es hijo(a) del cónyuge del adoptante.

¿Cómo se da la adopción?

Este proceso se da en dos etapas. La primera es la administrativa. Debe realizarse ante el Icbf o en una de las ocho casas de adopción en el país, en la que se declara adoptable al niño(a) luego de ser estudiados los documentos requeridos. La segunda es la judicial, que es decretada a través de sentencia judicial en los juzgados de Familia estableciendo la relación paterno–filial.

¿Quiénes pueden adoptar?

Conjuntamente, la pareja formada por el hombre y la mujer que demuestren una convivencia ininterrumpida de, por lo menos, tres años. Individualmente, las personas solteras, viudas o separadas.

¿Cuáles son los requisitos para adoptar a un niño(a)?

Los solicitantes deben ser plenamente capaces de la manutención del menor, haber cumplido 25 años de edad, tener al menos quince años más que el adoptante, garantizar idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle un hogar adecuado y estable a un niño, niña o joven a través de la realización de un estudio psicosocial, hecho por la autoridad central o la autoridad oficial competente en el país de residencia de las familias solicitantes. Es importante asistir a talleres de preparación, organizados por las respectivas casas de adopción o agencias del Icbf, con el fin de que el proceso de adopción no sólo se limite a aportar una serie de documentos sino que los futuros padres sustitutos estén plenamente convencidos de su decisión.

¿Cuánto cuesta la adopción?

La adopción en Colombia es gratuita. Sin embargo, los documentos pedidos en el proceso representan algún costo para los solicitantes y, una vez asignado el niño o niña, debe iniciarse ante el juzgado de familia o el juzgado promiscuo de familia el proceso de adopción, que requiere de un abogado escogido por el solicitante y que genera otros costos.

¿A quién se puede adoptar?

Se pueden adoptar a los menores de 18 años declarados en situación de abandono, aquellos cuya adopción haya sido consentida previamente por sus padres o autorizada por el defensor de familia, los hijos exclusivos de uno de los cónyuges y a los mayores de 18 años, siempre y cuando el adoptante haya tenido el cuidado personal del joven antes de que éste cumpliera los 18 años de edad.

¿A quién se aplica el trámite preferente?

El trámite preferente e inmediato para su asignación familiar es para las solicitudes de niños con discapacidades físicas, mentales o sensoriales; los grupos de más de dos hermanos; los niños indígenas, quienes gozan de jurisdicción especial, y los mayores de 7 años.

¿Qué pasa luego de entregar el menor en adopción?

Después de que los pequeños compartan con las familias, la entidad realiza el seguimiento postadopción durante un año. En este periodo las parejas colombianas, junto con el menor de edad, deben asistir a entrevistas con la trabajadora social en la entidad donde se hizo la solicitud. Finalmente, se realiza una última entrevista en el hogar de la pareja.

¿Cuánto dura el proceso de adopción?

El proceso de selección de las parejas puede durar entre seis o siete meses. Una vez son aprobados entran en lista de espera, cuyo tiempo es indefinido, debido a la cantidad de solicitudes que llegan a las distintas entidades.

¿Cuántos niños o niñas pueden ser adoptados?

No existe un número determinado de menores para ser entregados en adopción por una familia, siempre y cuando se cuente con los recursos y las posibilidades para la manutención de los niños.

¿Cómo se da la respuesta de adopción?

La entidad encargada, a través de vía telefónica, concreta la cita con la familia que espera la respuesta. Una vez en la oficina se verifican los resultados que pueden ser para aplazamiento, aprobación o negación de la solicitud.

Normas legales de adopción

La Constitución Política de Colombia, a través de sus leyes, garantiza los derechos fundamentales para niños que pueden ser adoptados.

1. El Artículo 44 de la Carta Magna indica que “son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella (...)”.

2. La Convención Internacional de los Derechos del Niño, Convenio Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de adopción internacional, suscrito en La Haya.

3. La Ley 7 de 1979 logra establecer el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y se reorganiza el Icbf, entre otros dictámenes.

4. El Decreto 2737 de 1989: Código del Menor (Art. 92).

5. Decreto 1137 de 1999: organiza el Sistema Administrativo de Bienestar Familiar, reestructura el Icbf y dicta otras disposiciones.

Tres datos claves

1. En el mismo orden en que son recibidas las solicitudes de adopción van siendo estudiadas y analizadas para emitir la respuesta correspondiente.

2. Tienen prelación las solicitudes hechas por familias colombianas frente a las peticiones de personas extranjeras.

3. De acuerdo con lo expuesto en el Artículo 45 del Código del Menor: “No tendrá validez el consentimiento que se otorgue para la adopción del hijo que está por nacer”.


fuente; El País
www.mamasybebes.com.ar

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